Amortización mejoras y ampliaciones. Determinación de cuantías máximas.
Según al art.12 de la Ley 27/2014, los métodos de amortización legalmente aceptados por la AEAT, de los elementos del inmovilizado material, intangible y de la inversiones inmobiliarias, exceptuando los establecidos en las letras d) y e) del mismo, son:
a) El resultado de aplicar los coeficientes de amortización lineal establecidos
b) El resultado de aplicar un porcentaje constante sobre el valor pendiente de amortización. El porcentaje constante se determinará ponderando el coeficiente de amortización lineal obtenido a partir del período de amortización según tablas de amortización oficialmente aprobadas, por los siguientes coeficientes: 1.º 1,5, si el elemento tiene un período de amortización inferior a 5 años. 2.º 2, si el elemento tiene un período de amortización igual o superior a 5 años e inferior a 8 años. 3.º 2,5, si el elemento tiene un período de amortización igual o superior a 8 años. El porcentaje constante no podrá ser inferior al 11 por ciento. Los edificios, mobiliario y enseres no podrán acogerse a la amortización mediante porcentaje constante.
c) El resultado de aplicar el método de los números dígitos. La suma de dígitos se determinará en función del período de amortización establecido en las tablas de amortización oficialmente aprobadas. Los edificios, mobiliario y enseres no podrán acogerse a la amortización mediante números dígitos.
Dicho esto, y a lo largo de la continuidad del plan de amortización, puede ocurrir que el bien amortizado se renueve, amplíe o mejore no suponiendo un alargamiento de la vida útil del mismo, en ese caso, estaremos ante un supuesto de amortización especial, en el que la mejora, renovación o ampliación tiene que ser amortizada en los periodos impositivos que le resten de vida util al elemento patrimonial.
El Reglamento del Impuesto de Sociedades, en su art.3, diferencia dos escenarios diferentes para la mejora, ampliación y renovación, relacionados con la vida útil del bien patrimonial.
El primer escenario corresponde al hecho de que la mejora no alargue la vida útil del bien amortizable, siendo el segundo el alargamiento de la misma.
Para ello, hemos desarrollado un supuesto al objeto de determinar la cuantía máxima deducible según el art. 3.4 del Real Decreto 634/2015 de que la mejoría no alarga la vida útil del inmovilizado.
La entidad "White Chiken", S.A., adquiere un autocamión el día 01/01/20X5 valorado en 250.000€, expresando el Consejo de Administración, el deseo de deducir por corrección de su valor, la cantidad máxima en el Impuesto de Sociedades y en un periodo no superior a cinco ejercicios fiscales. Al final del tercer ejecicio, se realizan mejoras por valor de 50.000€. Dichas mejoras no alargan la vida útil del autocamión.
METODO AMORTIZACIÓN SEGUN TABLAS ART. 12.1.a) DEL BIEN ADQUIRIDO
Base de la amortización: 250.000€.
Coeficiente amortización : 20%
Periodo máximo: Cinco años.
Periodo | Base | Coeficiente | Amortización | Valor neto |
1 año | 250000 | 20% | 50000 | 200000 |
2 año | 250000 | 20% | 50000 | 150000 |
3 año | 250000 | 20% | 50000 | 100000 |
4 año | 250000 | 20% | 50000 | 50000 |
5 año | 250000 | 20% | 50000 | 0 |
Cálculo coeficiente a aplicar el cuarto año a la mejora según art. 3 Real Decreto 634/2015.
CA=((VCN/IA)x100)
Valor contable neto en el tercer ejercicio: 100.000€
Importe amortización cuarto ejercicio: 50.000€
Coeficiente amortización incluyendo la mejora el tercer año: 50%
Cuadro de amortización correspondiente a la mejora según método tabla
Periodo | Base | Coeficiente | Amortización |
4 año | 50000 | 50% | 25000 |
5 año | 50000 | 50% | 25000 |
METODO AMORTIZACION DEL PORCENTAJE CONSTANTE SEGUN ART. 12.1.b) DEL BIEN ADQUIRIDO
Periodo de amortización escogido: 5 años
Cálculo de los límites periodo amortización
Límite superior: 10 años
Límite inferior: 5 años
Límite Periodo Amortización= 5 años, quedando el periodo de amortización dentro de los límites establecidos por el art. 12.1.b)
Cálculo del primer coeficiente de amortización
Coeficiente según tabla art.12.1.a)= 20%
Cálculo coeficiente ponderado
Al ser el periodo de amortización igual o mayor a cinco años, e inferior a ocho el primer coeficiente se pondera por 2, por lo que resulta un coeficiente de amortización de 40%.
Cuadro de amortización según art. 12.1.b)
Periodo | Base | Coeficiente | Amortización | Capital Pte. |
1 año | 250.000 € | 40% | 100.000 | 150.000 € |
2 año | 150.000€ | 40% | 60.000 | 90.000 € |
3 año | 90.000 € | 40% | 36.000 | 54.000 € |
4 año | 54.000 € | 40% | 21.600 | 32.400 € |
5 año | 32.400 € | 100% | 32.400 |
|
Cálculo coeficiente a aplicar amortización de la mejora según art. 3 Real Decreto 634/2015
Co=(Aep/Vcl)x100
Valor neto contable autocamión en el 3er ejercicio= 54.000€
Amortización proacticada en el 4º ejercicio= 21.600€
Coeficiente a aplicar en la amortización en la que se produce la mejora= 40%
Cuadro de amortización de la mejora por el método del porcentaje constante.
Periodo | Base | Coeficiente | Amortización |
4 año | 50.000,00 € | 40% | 20.000,00 € |
5 año | 30.000,00 € | 100% | 30.000,00 € |
METODO AMORTIZACIÓN SEGUN NUMEROS DIGITOS ART. 12.1.c) DEL BIEN ADQUIRIDO
Coeficiente lineal máximo según tablas: 20%
Periodo máximo según tablas: 10 años
Periodo escogido por el contribuyente ( mínimo 100/20): 5 años
Suma de dígitos ( 5+4+3+2+1): 15
Cuota por dígitos ( 250.000/15): 16.666,67
Cuadro de amortización método números dígitos según art. 12.1.c)
Periodo | Cuota dígito | Dígitos | Amortización | Capital Pte. |
1 año | 16.666,67 € | 5,00 | 83.333,33 | 166.666,67 € |
2 año | 16.666,67 € | 4,00 | 66.666,67 | 100.000,00 |
3 año | 16.666,67 € | 3,00 | 50.000,00 | 50.000,00 |
4 año | 16.666,67 € | 2,00 | 33.333,33 | 16.666,67 |
5 año | 16.666,67 € | 1,00 | 16.666,67 | - € |
Cálculo coeficiente a aplicar el cuarto año a la mejora según art. 3 Real Decreto 634/2015.
CA=((VCN/IA)x100)
Valor contable neto en el tercer ejercicio: 50.000 €
Importe amortización cuarto ejercicio: 33.333€
Coeficiente amortización de la mejora: 66,66%
Cuadro amortización de la mejora según números dígitos
Periodo | Base | Coeficiente | Amortización |
4 año | 50.000,00 € | 66,67% | 33.333,35 € |
5 año | 16.666,65 € | 100% | 16.666,65 € |
CUADRO DE AMORTIZACION MAXIMA FISCALMENTE DEDUCIBLE SEGUN EL MÉTODO ADOPTADO
Tablas | Porcen Cons | Nº Dígitos |
25.000,00 € | 20.000,00 € | 33.333,35 € |
25.000,00 € | 30.000,00 € | 16.666,65 € |
Cuando la mejora alargue la vida útil del elemento patrimonial
Deberá observarse la regla de la continuidad de las amortizaciones.